El archivo de la querella contra el Rey emérito: un tiro en el pie al estado de derecho
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha inadmitido mediante Auto de 24 de abril la querella interpuesta por un grupo de juristas, en ejercicio de la acción popular, contra el rey emérito por presuntos delitos contra la Hacienda Pública. El auto, del que ha sido ponente el magistrado Manuel Marchena, acuerda el archivo de las actuaciones, en sintonía ciega con el criterio del Ministerio Fiscal, al considerar que los hechos no constituyen ilícito penal, se encuentran prescritos o fueron objeto de regularización tributaria, cuando no son perseguibles por que la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad, según la muy laxa interpretación del art. 45.3 CE de actuar en el ejercicio de sus funciones.
Según el propio informe de la fiscalía las comunicaciones (dos) que notificó al Rey emérito fueron lo suficientemente vagas como para no tener virtualidad obstativa e impedir la regularización voluntaria. Dicho en Román paladino, Fiscalía y Agencia Tributaria dejaron la puerta abierta a la regularización prevista en el número 4 del artículo 305 del CP: