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Fai un sol de carallo

En 1984 algunos de ustedes aún no estaban, otros ya no están y todos los demás éramos mucho más jóvenes. De no ser así, 7 amigos no habríamos decidido abrir un bar de copas. Era para divertirnos, créanme, no para ganar dinero, pero terminamos por conseguir las dos cosas en abundancia. Tras un sesudo debate lo bautizamos: le pusimos ‘El Ruralex’. Un juego de palabras que aludía a aquellas vajillas espantosas de vidrio templado con las que se encapricharon las madres de los niños que ahora hemos crecido. También jugaba con la naturaleza ex rural de la sociedad urbana viguesa, una inquieta ciudad que en 150 años pasó de ser una villa marinera a pujante urbe industrial por obra y gracia de una Galicia interior que se despoblaba para acomodarse aquí. Por último el nombre también coqueteaba con aquel latinajo que decía Dura lex, sed lex (La Ley es dura, pero es la Ley, alude al batacazo inevitable con el suelo, cuando se desafía sin éxito a la ley de la gravedad).

En aquel bar me convertí en musa involuntaria de la movida viguesa. Pasaban de las tres de la madrugada, la barra estaba cerrada, y un iracundo Antón Reixa, cantante de Os Resentidos exigía un nuevo gintonic profiriendo insultos homófobos a Jorge; todo ello a voz en grito. Reixa siempre tuvo un pésimo beber que acentuaba su naturaleza borde hasta extremos insoportables. La escena me dio auténtica repugnancia; aunque sabía que era un santón de la movida viguesa y que mi gesto tendría consecuencias, no me supe contener: Le hice una doble Nelson por la espalda y le susurré al oído: ‘Reixiña, marcha pa’ cama, meu ben’, mientras lo acompañaba dulcemente a la puerta con la calle.

Siempre fui un fascinado de la cultura americana. Desde el buen cine, pasando por el Jazz y el blues y terminando con Ginsberg, Keruac o Ferlinghetti, mis poetas Beat preferidos. Se me antoja una cultura de masas, más fácil que la nuestra, que exige grandes dosis de finezza para apreciarla. Les pongo un ejemplo: cuando un político español dice ‘Estoy en política para forrarme’, ‘El que ze mueva no zale en la foto’, o el famoso ‘Puedo prometer y prometo’, nos cuesta encontrar sus raíces, siendo sin embargo evidentes: Valle Inclán, Lope y sobre todo el genial Calderón de la Barca, lo mejor de la tradición del teatro popular hispano, el sainete y el lazarillo de Tormes. Sin embargo cuando un político americano dice “Créamne que haré un muro precioso a lo largo de toda la frontera y, créanme también, que lo pagarán lo mexicanos’, nuestros pensamientos, sin dificultad, hunden sus raíces en John Steinbeck, en las uvas de la ira.

Debe ser mi admiración por Dylan la razón por la que gasto gafas de sol graduadas incluso a altas horas de la noche. Incluso cuando presto servicios de acomodador al Sr. Reixa. Y miren por donde fluyó su venganza: Publicó a cuenta mía su mayor éxito discográfico: ‘Fai un sol de carallo’. Sí, el cabrón de Reixa me dedicó aquellos versos: Haiche moito yeyé/que de noite e de día/usa jafas de sol/fai un sol de carallo…

A los pocos días de su lanzamiento iba conduciendo escuchando Radio3 cuando de súpito le realizan una entrevista radiofónica a Reixa. Entonces aclara que la letra se le ocurrió cuando un portero matón de discoteca no lo reconoció y no le permitió la entrada en el local. Creí salirme de la curva… Rápidamente, mi psiquiatra me pautó una dieta rica en Trankimazín durante los dos meses siguientes con el fin de evitar que me presentara en su domicilio, me dejara de llavecillas a lo Nelson y otras mariconadas y le metiera una tunda en condiciones y como Dios manda.

Pero con el tiempo he de reconocer que esa extraña conjunción de un homosexual genial (Andy Warhol), un homófobo asqueroso (Antón Reixa) y un heterosexual del montón (Antón Beiras), lograran los 15 minutos de gloria a los que cualquier imbécil (servidor que les escribe) tiene derecho una vez en la vida.

Vaya… ahora recuerdo que esta entrada iba de gafas de sol, de gafas graduadas y de IVA, pero en un sentido bien distinto a esta larga disgresión.

Pues sí, miren, la tienen bien liada los fabricantes con los ópticos.

Les cuento: La Sentencia del Tribunal de Luxemburgo de 17 de enero de 2013 condenó a España por la aplicación ilegal del tipo reducido en productos sanitarios y con efectos desde el uno de enero de 2015 se dio nueva redacción al artículo 91 de la LIVA y las monturas sin cristales graduados pasaron a tributar al 21%. Si se lo piensan bien, son precisamente las gafas destinadas a alojar cristales correctores las que se venden sin lentes. Las gafas de sol se venden con lentes sin corrección, luego tributan sin discusión al tipo general. Las gafas de lectura baratas, de venta en farmacias, se venden con cristales correctores de la presbicia: van al tipo reducido. Pero la inmensa mayoría de las monturas destinadas a ser graduadas tienen que tributar desde entonces al tipo general en las entregas del fabricante al óptico. Luego, con la adaptación del cristal adecuado al cliente, la subsiguiente entrega al usuario vuelve a tributar al tipo reducido. Es lo que llamamos salto de tipo.

Pues bien, a los fabricantes se les pasó por alto la modificación legislativa y siguieron realizando entregas de monturas al tipo reducido hasta que recientemente cayeron en la cuenta. Ahora pretenden rectificar las cantidades repercutidas y tenemos el lío montado con las ópticas pequeñas, sin forma jurídica societaria y que tributan obligatoriamente en recargo de equivalencia: ¿Cómo se reponen del quebranto? ¿Llamando de uno en uno a sus clientes de los últimos dos ejercicios?

Este asunto merece que los colegios profesionales, tal como los de gestores administrativos que editan el Blog que están leyendo, se ocupen de un asunto que afecta a miles de pequeños empresarios. Entre tanto no suceda así, me permitiré darles unos cuantos consejos.

Primero: no se hagan ilusiones; el derecho de rectificación no es sólo por las entregas del año inmediatamente anterior; esa regla rige para cuando se omite la repercusión. Pero para cuando no se omite y se rectifica, el derecho-deber de rectificar la repercusión es por todos los ejercicios no prescritos.

Segundo: Las ópticas que no están en recargo de equivalencia harán bien en pactar con sus proveedores una forma de pago que evite su único quebranto, el efecto financiero de recibir una factura rectificativa de considerable monto. A buen seguro los fabricantes aceptarán cobrar en la medida en que el óptico genere liquidaciones a compensar o a devolver en los subsiguientes períodos impositivos.

Tercero: Las ópticas en recargo de equivalencia tienen un problema serio. Mi consejo ahí es agotar la vía administrativa oponiéndose a la rectificación de la repercusión, pues hay duda razonable sobre si el deber de rectificar (que afecta al fabricante) conlleva aparejado un derecho a repercutir la rectificación, cuando el destinatario no liquida el IVA (el óptico en recargo de equivalencia). Si los tribunales de hacienda dictaminan que el óptico en recargo de equivalencia no es un sujeto pasivo de IVA por cuanto no liquida y se asimila a un consumidor final, habrá terminado su pesadilla. Si por el contrario Hacienda dictamina que pese al quebranto irrogado al óptico, los fabricantes tienen derecho a repercutir la rectificación, se habrá agotado la vía de recurso administrativa y los ópticos tendrán expedita la vía civil de solicitar indemnización por responsabilidad patrimonial contractual de los fabricantes, quienes sí tienen que liquidar el IVA y velar por su correcta aplicación.

Antón Beiras Cal

Abogado Tributarista, Economista, Auditor de Cuentas