
Tendencias recientes de la fiscalidad en la Unión Europea
La Comisión Europea presentó en el mes de julio su Informe Anual sobre Fiscalidad que analiza las tendencias estructurales en los sistemas tributarios de los Estados miembros, así como las medidas fiscales propuestas o aprobadas a lo largo del último año. Dada su relevancia e interés de cara a futuras reformas fiscales, he decidido dedicar una entrada de nuestro querido blog a exponer sus principales aportaciones.
El Informe (https://op.europa.eu/en/publication-detail/-/publication/5799485b-7c05-11f1-bf5e-01aa75ed71a1/language-en) se compone de cuatro capítulos. En el primero que incluye numerosos gráficos y tablas se ofrece una visión general de la coyuntura económica actual de la UE, con datos de la situación macroeconómica y de las perspectivas para los dos próximos años. A lo largo del mismo se insiste en la idea del importante papel de la fiscalidad y de los ingresos tributarios para hacer frente a los desafíos derivados del nuevo escenario económico y geopolítico que trae causa de las tensiones en Oriente Próximo y sus efectos en los precios de la energía y en la inflación en general y se analiza, como novedad respecto a informes de ejercicios anteriores, el papel de los sistemas tributarios como instrumentos que pueden proporcionar incentivos a personas y empresas para fomentar el empleo (se afirma que tipos marginales elevados pueden desincentivar un mayor esfuerzo laboral en cuanto que reducen el rendimiento del trabajo adicional), orientar la inversión, impulsar la innovación, reforzar la competitividad y contribuir a una sociedad más justa y sostenible, siempre y cuando estén bien diseñados.
El capítulo segundo contiene un interesante análisis de la estructura de los ingresos tributarios en los Estados miembros desde diferentes perspectivas. En sus cuatro apartados se pueden encontrar datos sobre recaudación tributaria y distribución de ingresos según procedan de impuestos sobre el trabajo, el capital o el consumo, Los datos referidos a 2024 muestran que la recaudación tributaria se incrementó en la UE en dicho ejercicio hasta alcanzar el 39,4% del PIB (lo que representa un aumento del 0,4% respecto a 2023), impulsada por una mayor recaudación procedente de impuestos sobre el trabajo que siguen siendo la principal fuente de ingresos. El informe atribuye este comportamiento a la resiliencia de los mercados laborales y a los niveles sostenidos de empleo en los Estados miembros. Al mismo tiempo, señala en la línea de lo que ya avanzamos en el Libro blanco sobre la reforma tributaria que se prevé que el envejecimiento demográfico ejerza una presión creciente sobre las bases imponibles del trabajo a medio y largo plazo, lo que refuerza la importancia del crecimiento de la productividad y de unas finanzas públicas sostenibles. Por su parte, el Impuesto sobre Sociedades sigue mostrando un buen comportamiento y su recaudación se mantiene por encima de las medias históricas en muchos Estados miembros. El informe apunta que de cara al futuro la posible aplicación del Pilar Dos del Marco Inclusivo de la OCDE y del G20 podría reforzar las bases imponibles de este tributo y mejorar la seguridad jurídica para las multinacionales. En cuanto a la recaudación por impuestos ambientales la misma representó el 2,1% del PIB y aproximadamente el 5,3% de los ingresos tributarios totales lo que supone un descenso que se atribuye a las medidas temporales de apoyo energético introducidas durante la crisis energética, a la mayor eficiencia energética y a la transición gradual para abandonar el consumo de combustibles fósiles.
Interesa especialmente su capítulo tercero que contiene un análisis detallado de las iniciativas y medidas fiscales anunciadas o aprobadas por los Estados miembros a nivel estatal (quedan fuera del análisis las medidas aprobadas por los correspondientes niveles subcentrales de gobierno, es decir, regiones o entes locales) y por la Comisión Europea en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
Me limitaré en esta entrada a las medidas aprobadas por los Estados miembros dejando para otra ocasión el análisis de las recientes iniciativas adoptadas por la propia Comisión en el ámbito de la imposición directa e indirecta. A partir de los cuestionarios remitidos por los Estados miembros se han contabilizado un total de 399 medidas. De ellas el grupo principal que representa un 37% corresponde a medidas referidas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y a cotizaciones o contribuciones sociales. Un segundo grupo de medidas, que representa concretamente un 15%, corresponde a las medidas relacionadas con el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre el Valor Añadido. En 20 Estados miembros se han aprobado medidas fiscales que afectan al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto sobre el Valor Añadido, lo que resulta lógico al ser las dos figuras principales desde el punto de vista recaudatorio.
Por lo que respecta a los objetivos perseguidos por las medidas fiscales aprobadas según la Comisión éstas se distribuyen del siguiente modo: el 47% de dichas medidas tienen como objetivo principal fortalecer la competitividad y la prosperidad, pues persiguen aumentar los ingresos, impulsar el crecimiento económico o apoyar la inversión; el 20% de las medidas reportadas persiguen aumentar la equidad y la justicia; otro 11% se destinan a promover la sostenibilidad ambiental, apoyar la inversión limpia o mejorar la salud pública y finalmente un 9% se orientan básicamente a aumentar la eficiencia, persiguiendo objetivos como simplificar el sistema tributario, aumentar el cumplimiento y mejorar la seguridad jurídica. La Comisión destaca que promover la simplificación fiscal es la principal herramienta para fomentar sistemas fiscales nacionales más eficientes y que, dado que la mayor parte de la normativa tributaria se adopta a escala nacional, la actuación de la UE (recuérdese que la Comisión ha adoptado el pasado mes de junio un ambicioso paquete de simplificación fiscal que incluye la Propuesta Ómnibus en materia de fiscalidad directa, la armonización del I+D y la refundición de las Directivas DAC que se negociará en Bruselas en septiembre con el fin de intentar lograr un acuerdo rápido) será más eficaz si va acompañada de iniciativas similares a nivel nacional. Esto incluye limitar la llamada gold plating que se produce cuando al transponer una directiva un Estado miembro añade requisitos, cargas u obligaciones que exceden de lo necesario para cumplir las disposiciones mínimas de esa directiva.
Dada la amplitud del Informe he optado por centrarme en las medidas referidas a los tres grandes impuestos y a las cotizaciones sociales, por ser las que pueden presentar un mayor interés. En primer lugar, en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas fueron 23 los Estados miembros que aprobaron un total de 109 medidas. Los objetivos más frecuentes de estas medidas fueron aumentar la equidad y la justicia (33), apoyar el empleo (17) y aumentar la recaudación (16). Un total de 12 Estados miembros aprobaron hasta 25 reducciones de los tipos de gravamen, especialmente dirigidas a personas con rentas bajas y medias. Grecia reestructuró determinados tramos con reducciones orientadas a familias, jóvenes menores de 30 años y personal sanitario; Italia redujo el segundo tramo de su tarifa del 35% al 33%. Portugal redujo en 0,3 puntos porcentuales los tipos marginales de sus tramos segundo a quinto; Malta anunció nuevos tramos para familias con hijos con el fin de incrementar su renta disponible y Suecia comunicó una reducción de su tax on labour con la finalidad de estimular el consumo y apoyar el empleo.
Frente a estas reducciones, nos encontramos con siete Estados miembros que han aprobado una subida de los tipos de gravamen con el fin de incrementar la recaudación o aumentar la progresividad. Así por ejemplo Eslovaquia introdujo con esta última finalidad dos nuevos tipos del 30 y el 35%. Por su parte, Francia anunció un aumento del 1,5% en sus general social contributions y Rumanía una subida de su impuesto sobre los dividendos del 10 al 16%. Lituania comunicó a la Comisión una reforma de unificación de los tipos progresivos del impuesto en todas las categorías de renta.
Hay un grupo importante de medidas que van destinadas a reducir la base imponible y que están orientadas básicamente a apoyar a los trabajadores y a las familias o a favorecer la prolongación de la vida laboral. En este sentido, los Estados miembros han aprobado un total de 36 medidas consistentes en exenciones, reducciones o deducciones. Austria ha introducido un bonus exento para trabajadores. De las medidas especialmente orientadas a las familias pueden destacarse las aprobadas por Hungría para extender las exenciones a madres con dos hijos y a madres menores de 30 años. Por su parte, Luxemburgo, Alemania y Dinamarca han creado deducciones fiscales destinadas a incentivar la permanencia en la actividad profesional de personas que han alcanzado o superado la edad legal de jubilación.
En sentido contrario varios Estados miembros han aprobado un total de 21 medidas que suponen una ampliación de la base imponible del impuesto y que están orientadas principalmente a aumentar la recaudación y mejorar la equidad. Encabeza esta lista Bélgica con un total de 13 medidas como la eliminación gradual de diversos créditos fiscales aplicables a las pensiones, cocientes familiares y prestaciones por desempleo.
Las medidas referidas a cotizaciones sociales presentan un patrón diferente pues la mayoría de ellas tienen objetivos recaudatorios y se traducen en aumentos de bases y tipos. De las 37 medidas notificadas a la Comisión, 18 implicaron aumentos de tipos y 22 ampliaciones de bases. Grecia por ejemplo aumentó las cotizaciones de autónomos y agricultores mediante nuevas categorías de importe fijo y España introdujo reformas en materia de cuota de solidaridad y del mecanismo de equidad intergeneracional. También cabe mencionar dentro de este grupo de medidas el caso de Rumanía que introdujo temporalmente una contribución sanitaria del 10% sobre pensiones y eliminó exenciones, el de Francia que anunció una subida del 3% de la contribución de los funcionarios públicos y el de Bélgica y Suecia que figuran entre los pocos países que redujeron la carga de cotizaciones.
Por número de medidas aprobadas en segundo lugar se sitúa el IVA. Veinte Estados miembros han aprobado hasta un total de 51 medidas que afectan a este tributo, destinadas a simplificación y cumplimiento (8 medidas), aumentar la recaudación (7) o promover la equidad y la justicia. De estas medidas un total de 22 están relacionadas con la política de reducciones de tipos, que afectan a alimentos básicos, servicios de restauración, productos energéticos, actividades culturales y vivienda. Austria, Alemania, Hungría, Irlanda, Letonia, Suecia y Eslovaquia notificaron siete medidas para aplicar o ajustar tipos reducidos sobre productos de higiene, alimentos y servicios de restauración. Países Bajos, Portugal, Suecia y Eslovaquia han aprobado reducciones para el sector cultural. Bélgica, Croacia e Irlanda ajustaron reducciones existentes sobre productos energéticos. Y Grecia, Irlanda y Eslovaquia comunicaron medidas de reducción del IVA aplicable a la vivienda.
En el ámbito del IVA también encontramos Estados que han aprobado medidas dirigidas a incrementar la recaudación. Así por ejemplo Austria eliminó el tipo cero para sistemas de energía fotovoltaica, Bélgica ha incrementado los tipos aplicables a hoteles, instalaciones deportivas, comida para llevar y pesticidas y Francia ha eliminado el tipo reducido para determinados contratos de suministro de energía y gas. Por su parte, Letonia elevó el IVA sobre libros publicados en lenguas no pertenecientes a la UE o a la OCDE, Eslovaquia ha incrementado el IVA de determinados productos alimenticios y Rumanía suprimió algunas exenciones, aumentó en tres puntos porcentuales su tipo general y sustituyó los tipos reducidos anteriores del 9% y 5% por uno del 11%.
En tercer lugar, en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades nos encontramos al mismo tiempo con incrementos de los tipos impositivos con el fin de aumentar la recaudación y con incentivos fiscales destinados a fomentar la inversión. Las medidas que afectan a este impuesto notificadas por los Estados miembros se elevan a 44. De ellas 16 medidas suponen un estrechamiento de la base imponible y 4 un ensanchamiento. Por otra parte, 9 medidas consisten en incremento de los tipos impositivos, 7 medidas suponen reducciones de los mismos y 20 medidas tienen un efecto neutral sobre los tipos. Los objetivos más repetidos por los Estados son fomentar la inversión e impulsar el crecimiento (13 medidas), aumentar la recaudación (11) y mejorar la equidad y la justicia (8). Por citar algunas medidas concretas Chipre incrementó su tipo general al 15% con el fin de aproximarse al marco del impuesto mínimo global, Polonia elevó el tipo para bancos comerciales del 19% al 30% y Lituania subió un punto porcentual tanto el tipo estándar, que pasa al 17%, como al reducido, que pasa al 7%. En sentido contrario, Alemania aprobó una reducción gradual del componente federal de este tributo desde el 15% hasta el 10% entre 2028 y 2032 y Portugal ha aprobado una reducción de su tipo impositivo en un punto porcentual anual hasta alcanzar el 17% en 2028.
Paralelamente a estas medidas como ha hemos indicado en algunos Estados se han ampliado los incentivos fiscales para fomentar la innovación y la inversión. Así por ejemplo, Irlanda ha elevado su deducción fiscal de I+D del 30% al 35%, Chequia ha ampliado sus deducciones de I+D hasta el 150% para determinadas inversiones y límites y en este mismo sentido Alemania también ha ampliado su incentivo a la I+D incrementando su base de cálculo y los gastos elegibles. Por su parte, Bulgaria ha introducido una nueva súper deducción de I+D y Grecia también ha anunciado súper deducciones para inversiones en sectores estratégicos, como defensa, fabricación de vehículos y construcción de aeronaves. Dentro de este grupo de Estados también podemos citar a Finlandia que ha introducido una nueva deducción para grandes inversiones climáticamente neutras y a Bulgaria y Lituania que han aprobado, respectivamente, amortizaciones aceleradas para vehículos eléctricos y determinados activos fijos.
Concluyo ya dejando indicado que el Informe se cierra con un cuarto capítulo que se centra en el cumplimiento tributario desde la perspectiva de los contribuyentes. Los resultados del Eurobarómetro Flash sobre la actitud de los ciudadanos ante la fiscalidad son especialmente reveladores (https://europa.eu/eurobarometer/surveys/detail/3375): un 54% de los ciudadanos consideran que la lucha contra la elusión y la evasión fiscales debe ser una prioridad de la UE (en España este porcentaje es del 51%, mientras que en Francia alcanza el 65%, en Portugal el 61% y en Finlandia el 60%). Las conclusiones del análisis demuestran que el cumplimiento no depende únicamente de las medidas de control sino también de la simplicidad, la seguridad jurídica, la asistencia en la presentación de declaraciones, la confianza en las instituciones públicas y la percepción de equidad. Dada la fecha de publicación de esta entrada sólo me resta desear un feliz descanso veraniego a todos nuestros queridos lectores.
Francisco Adame Martínez
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Sevilla
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