
Algunas reflexiones de final de campaña de IRPF
¿Por qué cada año nos cuesta más confeccionar la declaración de la renta?
Hace una semana que terminó la campaña de declaración del IRPF 2025 y tengo la sensación de que cada vez sé menos sobre impuestos. Tras más de 10 años en esto, el sistema resulta cada vez más complejo.
Es cierto que contamos con herramientas de gran utilidad confeccionadas por la Administración tributaria para “facilitar” la cumplimentación de las autoliquidaciones del IRPF.
Sin embargo, ni la normativa fiscal -continuamente cambiante- ni los criterios interpretativos que nos vienen dados son lo suficientemente claros como para que un ciudadano medio que tenga algo más que un rendimiento del trabajo sujeto a retención, sea capaz de entenderla y confeccionar su autoliquidación de la renta sin errores.
Igual solamente me ha pasado a mí, pero parece que cada vez se emplea más tiempo en confeccionar una declaración del IRPF. Los requisitos para aplicar los beneficios fiscales, cualesquiera que sean, hay que mirarlos con lupa, no vaya a ser que se ingrese un euro de menos.
Las deducciones autonómicas tampoco ayudan a agilizar el proceso. En la Comunidad Valenciana, por ejemplo, se han aprobado numerosas deducciones vinculadas a la salud y determinadas prácticas que, en principio, deberían ser aplicables a un gran número de ciudadanos, porque en la terreta somos todos muy sanos y deportistas como es sabido. Una medida que es bienvenida entre la población, ahora bien, limitada a 150€ anuales, a determinados niveles de renta -que han sido incrementados con efectos desde 2025- y a que los pagos no se efectúen en metálico.
Para poder aplicar estas deducciones, se debe disponer de la factura, contar con el NIF del prestador del servicio y no haber satisfecho el importe en efectivo. Pero ¿esto qué implica? Burocracia, guardar y buscar papelitos de hace más de un año para deducirte como máximo 150 euros.
Y, además, penalizando a aquellos particulares que hayan satisfecho el importe en efectivo. Hasta 1.000€ no existe restricción de pago en metálico, pero la Comunidad Valenciana ha perjudicado a los pagadores en metálico sin calibrar las consecuencias. Personas de determinada edad no tienen tarjeta, ni se manejan fácilmente con bizum o transferencias bancarias. Pagos como el dentista, oculista o podólogo todavía los hacen en efectivo, como siempre se ha hecho. Estas personas, este año, no han podido beneficiarse de las deducciones autonómicas pese a haber soportado ese gasto, una pena.
Si lo que se quiere es realizar una rebaja fiscal significativa, que aplique a todos los contribuyentes y no se incrementen los costes burocráticos, perfectamente se puede rebajar la escala de gravamen autonómica de la base imponible general. Pero claro, aquí sí que se notaría la rebaja fiscal.
En su lugar se opta por políticas “bienquedistas” que “fomenten” el deporte, las prácticas saludables o la salud mental, aunque cuando te adentras en ellas te das cuenta de que realmente son medidas cuyo impacto es prácticamente nulo, pero el ciudadano digital se queda medianamente satisfecho de leer (en su móvil) que se ha podido deducir el gimnasio, siempre que haya pagado con tarjeta y tenga todos los justificantes pertinentes, claro. Quizá no le haga falta hacer pesas, puede cargar con todos los requisitos formales que ha de aportar y eso que se ahorra.
Legislar para adoptar medidas que tengan un impacto real en el ciudadano cada vez parece más una utopía. Nos movemos en una inseguridad jurídica brutal que por momentos me planteo si incluso es intencionada.
Si nos pregunta un amigo ¿puedo deducirme el gasto vinculado a un inmueble que tengo alquilado? La respuesta no es sencilla. Como expertos fiscalistas, nuestro amigo cree que va a obtener una respuesta clara y rápida, pero está muy equivocado.
Para analizar esta cuestión tendremos que ver: cuándo se hizo la reforma, en qué consistió, quién se la hizo, cómo la pagó y así podremos analizar si tiene la consideración de reparación o de mejora y en consecuencia, cómo debe deducirse a la hora de calcular el rendimiento de capital inmobiliario.
Las consultas de la Dirección General de Tributos en estos ámbitos se mueven en términos ambiguos, lo sabemos, dejando siempre la puerta abierta para no pillarse los dedos y que estas no puedan ser utilizadas de manera contundente por los contribuyentes. Que siempre quede la posibilidad de que sean utilizadas en su contra. “Vamos a sembrar la duda” parece siempre anunciar su coletilla final.
¿No sería posible simplificar las cosas? Humildemente pienso que claro que sí. Por supuesto, se podrían y mucho, pero no interesa.
Lo que interesa es seguir manteniendo un sistema en el que reine la inseguridad jurídica, con una política basada en el miedo, que entierre a los asesores en “papelitos”, en el análisis de requisitos interminables para aplicar una deducción de 150 euros que suene bien al pueblo, también a la ciudad, pero al mismo tiempo sin reducir ni un ápice la carga fiscal, cada vez más asfixiante.
Me he permitido estas líneas para hacer esta pequeña queja o desahogo, que poco o nulo impacto tendrá, pero que refleja un sentir de los humanos que vemos con frustración cómo el sistema juega en contra de los contribuyentes, sin que se pueda hacer nada para remediarlo.
Por eso, acabo la campaña y pienso: ¿cómo puede ser que cada año sepa menos de impuestos?
A esto me contestará la IA según cómo se lo pregunto, sin ningún criterio, si alguna persona me quiere contestar puede hacerlo por ahí abajo, en comentarios.
Laura Campanon Galiana
Abogada y asesora Fiscal