Interpretación de los beneficios fiscales: ¿Se ha producido un cambio de paradigma en la doctrina del Tribunal Supremo?
La interpretación de las exenciones y, en general, de los beneficios fiscales es un tema clásico del Derecho Tributario. Y ello es así porque quienes están llamados a aplicar las normas fiscales (tanto Administraciones tributarias como, en última instancia, jueces y tribunales) no siempre siguen un criterio claro y unívoco en lo que respecta la exégesis de las normas que determinan la aminoración de los distintos gravámenes.
Ciertamente, desde hace décadas ha existido el mantra de que los beneficios fiscales deben interpretarse de forma restrictiva o estricta al constituir excepciones a la regla general, que es el gravamen.
Hasta tal punto ha tenido predicamento referido criterio exegético que algunos autores (por todos, el de Rafael Calvo Ortega, “La interpretación de las exenciones” Hacienda Pública Española núm. 13, 1971) han argumentado desde hace más de medio siglo contra dicha doctrina por considerarla errónea.