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Vientos de «cola» fiscal desde el otro lado del Atlántico

«El arte de la fiscalidad consiste en desplumar al ganso de modo que se obtenga la mayor cantidad de plumas con el mínimo graznido posible», escribía Adam Smith en 1776, anticipando las complejidades inherentes a la articulación de sistemas tributarios eficientes. Dos siglos y medio después, el memorándum presidencial estadounidense del 20 de enero de 2025 (véase aquí para mayor información al respecto) configura una transformación fundamental del orden tributario internacional actual que trasciende significativamente el ámbito estrictamente recaudatorio para adentrarse en una instrumentalización de la política fiscal como herramienta de competitividad económica y hegemonía comercial.

La contundencia del mensaje estadounidense, articulado a través de instrucciones específicas al Departamento del Tesoro para evaluar medidas de protección frente a regímenes tributarios considerados, en opinión de la nueva administración Trump, extraterritoriales o discriminatorios, trasciende significativamente el ámbito de la mera implementación del Pilar 2 para adentrarse en una redefinición fundamental de las relaciones fiscales internacionales.

Nos encontramos, de facto, ante el primer paso de una estrategia coordinada que combina política tributaria, comercial e industrial bajo el paraguas de la competitividad económica y la seguridad nacional estadounidense; el cual configura un escenario de particular complejidad técnica para las administraciones tributarias y los operadores económicos europeos. La caracterización explícita de determinados mecanismos fiscales (como, y sin carácter limitativo, la Undertaxed Profits Rule -UTPR- o los Impuestos sobre Servicios Digitales) como medidas «extraterritoriales» o «discriminatorias» anticipa una aproximación significativamente más restrictiva al reconocimiento de regímenes tributarios extranjeros, especialmente considerando el mandato específico de evaluación en 60 días y la potencial articulación de medidas de represión comercial.

La interrelación entre política fiscal y arancelaria adquiere aquí especial relevancia cuando analizamos la magnitud de la exposición económica europea al mercado estadounidense: en 2023, las exportaciones de la Unión Europea a Estados Unidos alcanzaron cifras sin precedentes, con Alemania (157.700 millones de euros), Italia (67.300 millones de euros) e Irlanda (51.600 millones de euros) configurando el núcleo fundamental de esta relación comercial. La dependencia del mercado estadounidense resulta especialmente significativa en determinadas jurisdicciones, como evidencia el caso irlandés, donde más del 26,6% de las exportaciones totales tienen como destino el mercado americano, seguido por Finlandia (11,1%), Italia (10,7%) y Alemania (9,9%), configurando un escenario donde las medidas unilaterales estadounidenses podrían tener un impacto económico particularmente significativo en sectores estratégicos específicos. A este respecto, conviene señalar que, si bien España se aleja de las referidas jurisdicciones en términos cuantitativos y porcentuales (situándose las exportaciones efectuadas a Estados Unidos por los operadores domésticos en 18.900 millones de euros; con la consiguiente consecución del 4,8% del total de las exportaciones efectuadas por España), el papel clave y estratégico que Estados Unidos juega para los operadores españoles no es en absoluto desdeñable.

En este contexto, la combinación de sendas nuevas políticas anunciada por la administración Trump configura un escenario de particular complejidad técnica en el ámbito de precios de transferencia y valoración aduanera. Las propuestas de incrementos arancelarios selectivos (que podrían alcanzar el 60% para importaciones chinas y entre el 25% y el 75% para productos mexicanos) trascienden significativamente el ámbito puramente comercial para adentrarse en una reconfiguración fundamental de las cadenas globales de valor. La nota técnica elaborada por Wrappe y Marku para Bloomberg Law a este respecto («Trump Tariffs 2.0: Don’t Forget the Transfer Pricing») evidencia las complejidades inherentes a esta interacción, especialmente en lo relativo a la determinación de resultados arm’s length en operaciones vinculadas transfronterizas y su potencial impacto en la base imponible de entidades multinacionales.

Por su parte, en el ámbito específico de sectores estratégicos, las implicaciones resultan igualmente relevantes. El sector tecnológico y secundario europeo, con una dependencia sustancial del mercado estadounidense, podría verse especialmente afectado por la combinación de incrementos arancelarios con una interpretación restrictiva del principio arm’s length. Tal y como sugerentemente señala Kenneth Kraszewski (Counsel de Borenius Attorneys) en su análisis del impacto sobre exportadores finlandeses, industrias fundamentales como acero, papel, maquinaria y tecnología podrían enfrentar barreras significativas de entrada al mercado estadounidense, configurando un escenario donde la capacidad de articular respuestas coordinadas a nivel europeo resultará clave para preservar la competitividad del sector exportador comunitario.

La respuesta europea ante esta transformación fundamental del marco tributario internacional adquiere particular significatividad, especialmente considerando las iniciativas de racionalización normativa actualmente en desarrollo. La iniciativa conjunta germano-neerlandesa de «Tax Decluttering» dirigida por sendos gobiernos a la Comisión Europea (inspirada -aunque aún alejada- en los informes emitidos por Mario Draghi y Enrico Letta en septiembre de 2024), fundamentada en una aproximación holística a la simplificación del marco tributario europeo, sugiere una evolución hacia modelos normativos más eficientes que podrían contribuir significativamente a la competitividad fiscal del continente. No obstante, esta iniciativa de racionalización normativa coexiste con una proliferación significativa de respuestas unilaterales por parte de distintos Estados Miembros que, evocando el concepto aristotélico del «horror vacui», están emergiendo ante el enfriamiento de las agendas fiscales multilaterales. A este último respecto, particularmente reseñables resultan iniciativas como la special equity reserve italiana (propuesta en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2025), que alineada con la reforma de la reserva de capitalización portuguesa, configura una nueva generación de incentivos fiscales orientados específicamente a la competitividad industrial en sectores estratégicos. Esta evolución hacia formas más sofisticadas de competencia fiscal no resulta exclusiva del ámbito europeo, como evidencia la reciente articulación de una «zona económica especial bilateral» entre Malasia y Singapur, fundamentada en incentivos fiscales específicamente diseñados para operar en un contexto post-Pilar 2.

La proliferación de estas respuestas unilaterales configura un escenario que, como un poliedro de múltiples caras en constante rotación, plantea desafíos fundamentales para la coherencia del marco normativo europeo. El desarrollo de iniciativas nacionales específicas por jurisdicciones como Estados Unidos, Singapur-Malasia, Portugal, Italia, China o Canadá está articulando un nuevo paradigma en la fiscalidad internacional que demanda no solo la racionalización del marco comunitario, sino su adaptación a un contexto donde la competencia fiscal adquiere dimensiones y sofisticación sin precedentes.

Así las cosas, la evolución previsible del marco normativo internacional durante los próximos años vendrá marcada, necesariamente, por la tensión entre estas aproximaciones unilaterales fundamentadas en objetivos de competitividad económica y los esfuerzos multilaterales de coordinación fiscal. La inminente «Tax & Trade Policy Shift» anticipada por destacados congresistas republicanos configura un escenario donde la capacidad de articular respuestas coordinadas que equilibren objetivos aparentemente contradictorios (competitividad económica y preservación de bases imponibles) resultará fundamental para la evolución efectiva del sistema tributario internacional. Más concretamente, el mandato específico al Departamento del Tesoro para identificar y evaluar medidas fiscales extraterritoriales o discriminatorias sugiere una evolución hacia mecanismos de represión más sofisticados, que podrían articularse a través de modificaciones al régimen Base Erosion and Anti-Abuse Tax (BEAT) para penalizar específicamente pagos a entidades residentes en jurisdicciones que implementen la UTPR o mediante restricciones adicionales a la deducibilidad bajo el régimen de subcapitalización estadounidense.

Particularmente relevante resulta el impacto potencial sobre grupos multinacionales con presencia significativa en Estados Unidos, especialmente considerando la compleja interacción entre distintos mecanismos de imposición complementaria. La combinación de un marco doméstico más favorable (e.g., reducción del tipo federal al 15%, mantenimiento de incentivos sectoriales específicos, entre otras medidas de fuerte calado) con mecanismos agresivos de protección frente a imposición extraterritorial podría catalizar una reconfiguración fundamental de estructuras corporativas internacionales, especialmente considerando la magnitud del mercado estadounidense y su importancia estratégica para grupos europeos. La experiencia acumulada con la implementación de la Tax Cuts and Jobs Act de 2017 sugiere que el impacto de estas medidas vendría determinado no tanto por la reducción del tipo nominal como por su interacción sistémica con otros elementos del marco tributario estadounidense, particularmente el régimen Global Intangible Low-Taxed Income (GILTI) y las disposiciones anti-erosión de base imponible.

En suma, los vientos que soplan desde el otro lado del Atlántico anticipan una reconfiguración fundamental del sistema fiscal global donde la capacidad de jurisdicciones y operadores económicos para gestionar eficazmente esta complejidad resultará determinante. La proliferación de respuestas unilaterales específicamente orientadas a sectores estratégicos sugiere una evolución hacia formas más sofisticadas de competencia fiscal que trascienden el ámbito puramente tributario para adentrarse en la configuración de ecosistemas regulatorios completos. En este contexto, el desarrollo de la iniciativa europea de «Tax Decluttering» no ha de limitarse a una mera simplificación formal del marco normativo comunitario, sino que debe fundamentalmente articular mecanismos que permitan equilibrar objetivos de competitividad económica con la preservación efectiva de bases imponibles nacionales en un entorno caracterizado por una volatilidad e incertidumbre sin precedentes. La experiencia previa en la implementación de transformaciones similares en el sistema tributario internacional sugiere que nos encontramos ante el inicio de un proceso de adaptación que requerirá no solo voluntad política, sino fundamentalmente capacidad técnica para navegar un contexto donde la interacción entre distintos niveles normativos adquiere una complejidad creciente.

Juan José Sánchez Lorenzo

Senior Associate en A&O Shearman