
El archivo de la querella contra el Rey emérito: un tiro en el pie al estado de derecho
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha inadmitido mediante Auto de 24 de abril la querella interpuesta por un grupo de juristas, en ejercicio de la acción popular, contra el rey emérito por presuntos delitos contra la Hacienda Pública. El auto, del que ha sido ponente el magistrado Manuel Marchena, acuerda el archivo de las actuaciones, en sintonía ciega con el criterio del Ministerio Fiscal, al considerar que los hechos no constituyen ilícito penal, se encuentran prescritos o fueron objeto de regularización tributaria, cuando no son perseguibles por que la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad, según la muy laxa interpretación del art. 45.3 CE de actuar en el ejercicio de sus funciones.
Según el propio informe de la fiscalía las comunicaciones (dos) que notificó al Rey emérito fueron lo suficientemente vagas como para no tener virtualidad obstativa e impedir la regularización voluntaria. Dicho en Román paladino, Fiscalía y Agencia Tributaria dejaron la puerta abierta a la regularización prevista en el número 4 del artículo 305 del CP:
4. Se considerará regularizada la situación tributaria cuando se haya procedido por el obligado tributario al completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria, antes de que por la Administración Tributaria se le haya notificado el inicio de actuaciones de comprobación o investigación tendentes a la determinación de las deudas tributarias objeto de la regularización o, en el caso de que tales actuaciones no se hubieran producido, antes de que el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado o el representante procesal de la Administración autonómica, foral o local de que se trate, interponga querella o denuncia contra aquél dirigida, o antes de que el Ministerio Fiscal o el Juez de Instrucción realicen actuaciones que le permitan tener conocimiento formal de la iniciación de diligencias.
Efectivamente el Rey Emérito realizó dos regularizaciones fiscales mediante la presentación de declaraciones complementarias por ciertos tributos y periodos abiertos a inspección y comprobación. La primera tuvo lugar en diciembre de 2020 por importe de 678.393€ por falta de declaración de las aportaciones que recibió de Don Allen Sanginés-Krause. La segunda tuvo lugar en febrero de 2021, por importe de 4,4M€ por la regularización de los pagos recibidos para abonar vuelos privados realizado por su primo Álvaro de Orleans.
Pero ni por el concepto –donaciones recibidas o rendimientos sujetos al IRPF- ni por su cuantía quedó regularizado otro patrimonio distinto oculto en el extranjero
A los efectos de apreciar la prescripción, sendas declaraciones complementarias interrumpieron el cómputo del plazo de prescripción de la potestad de liquidar y sancionar por los tributos y períodos autoliquidados (art. 68, c) LGT)
La Fiscalía afirma que «...Lo singular de esta querella es que se interpone por terceros en base al propio decreto del Ministerio Fiscal que se pretende revisar[1]. La querella no aporta datos, hechos o fuentes de prueba distintos o adicionales a los contenidos en el decreto de archivo del Ministerio Fiscal. Y así concluye el Auto que En términos jurídicos, nada ha cambiado tres años después para alzar la razonada y congruente decisión de la Fiscalía y acordar la apertura de un proceso penal”.
Estas dos afirmaciones son radicalmente falsas. No conozco el texto de la querella pero si conozco el informe de la Fiscalía y el Auto del TS. Y lo que allí se dice choca con la realidad.
Vaya por delante que la Fiscalía tiene el deber de actuar de oficio. Y el día 9 de septiembre de 2024, las principales cabeceras de la prensa española se hicieron eco de la noticia relativa a la constitución de una fundación en Abu Dhabi, por parte de su Majestad el Rey Emérito, con “fondos multimillonarios” (Sic), para asegurar la herencia de las infantas:
“El Emérito tiene una fortuna estimada en dos mil millones de euros, según Forbes y The New York Times, por eso ha creado un vehículo societario con la ayuda de un abogado español de un conocido bufete internacional, adelantó El Confidencial. Un movimiento que persigue el objetivo de asegurarle a Elena y Cristina una fuente de ingresos permanente cuando él fallezca. (El Mundo)
El origen de dicha información es la noticia publicada por El Confidencial de la que reproduzco el siguiente extracto:
Juan Carlos I ha creado una fundación en Abu Dhabi para centralizar su fortuna en el extranjero y dejársela en herencia a las infantas Elena y Cristina cuando fallezca. El propio Rey emérito preside la nueva entidad y sus hijas ocupan asientos en el patronato, según han revelado a El Confidencial fuentes cercanas al monarca. Financieros del entorno de Juan Carlos I también participan en la gestión de la sociedad. Felipe VI no ha participado en la operación ni figura como futuro beneficiario de la mercantil. Un abogado español de un bufete internacional con oficina en Madrid ha dirigido la constitución de la entidad y se ha desplazado en varias ocasiones a Abu Dhabi para tratar en persona los aspectos más delicados con el monarca. Los trámites se han realizado con discreción para evitar otro escándalo, tras el archivo de las investigaciones contra el Rey emérito de la Fiscalía Anticorrupción y la Fiscalía del Cantón de Ginebra (Suiza). La creación de la entidad responde a la inquietud de Juan Carlos I, que cumplirá 87 años en enero, por la situación en la que podrían quedar sus dos hijas tras su muerte. Ninguna de ellas recibe asignación económica de los Presupuestos Generales del Estado desde que dejaron de formar parte de la Casa Real en 2014. La infanta Elena trabaja en la Fundación Mapfre y percibe un salario de unos 300.000 euros anuales. Por su parte, su hermana menor ingresa unos 400.000 euros de la Fundación Aga Khan, con sede en Ginebra. Se trata de sueldos considerables, pero Juan Carlos I teme que pierdan esos empleos cuando él falte. Además, tanto Elena como Cristina se han nutrido tradicionalmente de los fondos sin declarar que su progenitor guardaba en el extranjero y que periódicamente le entregaban sus asesores en efectivo en el Palacio de la Zarzuela. El tren de vida de ambas y los gastos familiares que afrontan actualmente exceden con mucho el volumen de sus nóminas. El objetivo del Rey es que la fundación garantice a las infantas ingresos suficientes y permanentes. (…)
Juan Carlos I también quiere usar el nuevo instrumento societario para rescatar los activos que todavía controla fuera de España y, posteriormente, transmitírselos a las infantas. Oficialmente, el monarca no tiene un solo euro. En diciembre de 2020 abonó a Hacienda 678.393 euros para eludir una condena por delito fiscal por no declarar las aportaciones que recibió del empresario mexicano Allen Sanginés-Krause. Y en febrero de 2021, pagó otros 4,4 millones para regularizar los vuelos privados que supuestamente le regaló su primo Álvaro de Orleans. Para saldar esta última deuda, pidió dinero prestado a amigos. El Rey emérito logró convencer a la Agencia Tributaria de que ya había legalizado todo su patrimonio. Sin embargo, fuentes próximas al antiguo jefe del Estado aseguran que sigue disponiendo de fondos y quiere dejarlo todo listo para que puedan ser administrados en el futuro por sus hijas. En 2016, como reveló este diario, Juan Carlos I intervino en la venta de un ático de lujo frente a Hyde Park, en Londres, valorado en 62,7 millones de euros. En la operación se desviaron en torno a 20 millones, por ejemplo. En la actualidad, recibe una importante ayuda económica de la familia real de Emiratos, que sufraga los gastos de su estancia, seguridad, asistentes y vuelos privados, entre otras partidas.
El diario ABC interrogó al Rey Emérito en un reciente funeral al que asistió en Madrid:
El Rey Juan Carlos hace oídos sordos tras anunciarse que ha creado una fundación en Abu Dhabi para blindar su herencia. El emérito asistía al funeral de Alejandro Fernández de Araoz y se enfrentaba a las preguntas de la prensa en torno a la fundación que ha creado en Abu Dhabi para transferir su herencia a sus hijas, las infantas Elena y Cristina, y mantenerla fuera de España.
El Faro de Vigo publicaba la siguiente noticia distribuida por EUROPA PRESS:
El rey emérito ha creado una fundación junto a sus hijas en Abu Dhabi con la que, además de promover sus casi cuatro décadas de reinado, busca poder transferir de forma más sencilla su herencia a las infantas Elena y Cristina, según ha informado este lunes 'El Confidencial'. La fundación ha sido creada en Abu Dhabi, donde reside Juan Carlos I desde agosto de 2020, con la ayuda de un abogado español y tanto Elena como Cristina figuran en su patronato.
De manera que el Rey Emérito –se supone que cuando la AEAT comprobó las declaraciones complementarias- “logró convencer a la Agencia Tributaria de que ya había legalizado todo su patrimonio. A tal efecto, la de ocultarlo, habría financiado su segunda regularización pidiendo “dinero prestado a amigos”.
La constitución de dicho vehículo y el afloramiento del patrimonio ocultado es un hecho nuevo susceptible de ser investigado aún cuando sus declaraciones complementaria hubieran sido comprobadas (art. 140, 1) de la LGT).
Ítem plus: La pertenencia al Patronato de una institución sucesoria opaca, nutrida con fondos defraudados a la Hacienda Pública y de origen probablemente ilícito, convertiría a las infantas en encubridoras de un/os delito/s fiscales y en autoras de un delito de blanqueo de capitales (artículo 298 y ss. C.P.). La percepción de fondos recibidos del extranjero por cuenta de su padre, de forma recurrente, para complementar sus ingresos y financiar su “alto nivel de vida”, de no haber sido declarados, constituiría una infracción tributaria o en su caso un delito contra la hacienda pública a titulo de autoras.
Para todo esto ha servido el tiro en el pie que nos ha metido la Fiscalía con el apoyo de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Ha servido para que La ciudadanía española quede nuevamente atónita con las conductas de la Agencia Tributaria y la Fiscalía. La estupefacción que causan estas recurrentes noticias no tiene parangón con otros casos de corrupción púbica. Las dos administraciones interpeladas tienen el deber jurídico de esclarecer y perseguir las conductas que puedan deducirse de los hechos publicados. Se trata de un deber terminante, de una cuestión de legalidad insoslayable en un Estado de Derecho, pero también de moralidad pública, políticamente perturbada por la indecencia de conductas que hacen fosfatina el principio de igualdad ante la Ley .
Antón Beiras Cal
Economista. Auditor. Abogado Tributarista
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[1] Se refiere al Decreto de 2022 que proponía la inadmisión de otra querella anterior.