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Gastos de profesionales

Gastos de profesionales. Epílogo

Después de estudiar bien los gastos profesionales y su posible deducibilidad tan solo nos queda concluir con que no hay, tristemente, una fórmula infalible para que nos los acepten.

Y esto es una realidad. Va a haber una serie de factores que haga que en unos casos se acepten y en otros no. Y con circunstancias muy similares. Un consejo que entiendo útil es anotar las circunstancias concomitantes a cada gasto.

 En unos años no nos acordaremos de con quién comimos y con qué objetivo; si era para relacionarnos, para presentar una propuesta, para acceder a sus cuñados empresarios…, o por qué nuestro empleado hizo ese curso del Colegio de Abogados y me lo deduje porque pensé que era más entendible su utilidad en mi despacho que en la relación personal que mantengo con él. Lo que está claro, es que todo empresario y/o profesional necesita dar un buen servicio y para ello es necesario incurrir en gastos. Gastos que no realiza de manera inopinada, si no que en su estrategia empresarial o profesional, que es la suya, y no la de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, algún sentido tienen. Y aquí nos estamos moviendo en esa zona del Derecho y de la vida en la que tanto deberíamos movernos, el sentido común, con el que se solucionarían más del 90 % de los procedimientos inspectores que hay hoy en curso en España.

El orden en la llevanza de los gastos y su prueba se me antojan indispensables. Gastos razonables y razonados, ese debe ser el camino a seguir.

Necesitamos relacionarnos, vestir de determinada manera, comprar libros, ordenadores, Ipad, dormir fuera de casa, formar a los compañeros, estar colegiados, afectar una parte de la vivienda, los que se llevan trabajo a casa o directamente lo hacen desde allí, conducir para ver a clientes, hacer determinados regalos…