Malos tiempos para la lírica
Tenía que suceder. Era solo cuestión de tiempo y tenía que pasar. En nuestros despachos ya sufríamos con nuestro clientes jubilados, que percibían la pensión por el mero hecho de ser administrador y socio de una sociedad mercantil. Aunque fuere una sociedad sin actividad económica. Aunque fuere una sociedad con inmuebles heredados, participada por él y sus hermanos, que ingresará sólo alquileres. La Seguridad Social le negaba la pensión de jubilación y ¡le obligaba a seguir cotizando como autónomos por su condición de administrador!
No se entiende como en un país con una pirámide poblacional invertida, que compromete las pensiones de jubilación, se endurece el tratamiento fiscal de los planes de pensiones o se impide a los jubilados complementar sus menguantes pensiones de jubilación con ingresos esporádicos. En definitiva se desincentiva con una errónea política fiscal los sistemas coadyuvantes con la pensiones públicas.