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Triste canción de Navidad

El pasado 29 de noviembre el diario El País publicó el editorial ‘Papel Mojado’ para referirse al plan de Inspección para 2017. Este diario aconsejaba al Gobierno diversas medidas para la lucha contra el fraude: menos planes de inspección, más funcionarios, coordinar inspectores y técnicos y otras más que les transcribo: “La primera condición para que un plan contra el fraude sea eficaz en España es aumentar significativamente el número de funcionarios que se dedican a perseguirlo. Las cuentas están hechas y las autoridades europeas las conocen. Con la población española actual, la Administración necesitaría del orden de 20.000 funcionarios más (de los cuales una cuarta parte deberían ser inspectores y técnicos de Hacienda) para equiparar el esfuerzo contra el fraude a la media de los efectivos en los países europeos. Sin ese refuerzo —que no tendría que producirse en un solo ejercicio— ningún objetivo de recorte del dinero negro tiene la menor verosimilitud. La segunda condición es la de alinear el trabajo de inspectores y técnicos para investigar (sin interferencias políticas; recuérdese el caso Cemex) </CF>los grandes focos de rentas ocultas, que no están en el IRPF. Y la tercera es modificar las leyes para cerrar el paso a las reclamaciones y los pleitos infundados”.

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 costas y tributación

Esas costas y su tributación…

Andan los clientes un poco mareados con el tema de las costas. Y no es para menos. La tributación de las mismas en renta no tiene una explicación lógica. A cualquier ciudadano el meterse en un proceso contencioso le supone un quebranto económico, amén de otros desmanes para su salud. Y a modo de resarcimiento se ha entendido por cualquier común de los mortales, que la LEC regula las costas en ese sentido. Para que le sea lo más neutro posible a la persona que debe litigar si va cargada de razón. Hay unas cantidades mínimas que van de cuenta del que pierde si así se decide en el fallo.

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La Nochevieja y el Patrimonio

La Nochevieja y el Patrimonio

Atención empresarios y profesionales. Y público en general, pero sobre todo estos que he citado, ya que tienen una disposición mayor sobre su tiempo. En ocasiones para mejor y en muchas otras para peor. Se acerca la Nochevieja. El 31 de diciembre ya lo atisbamos. Y con ella el devengo de algún impuesto. Uno de los menos queridos por la gente de bien es el de Patrimonio (IP). Ese del que muchas veces se dice que se lleva a cabo con fines estadísticos.

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La nulidad, la anulabilidad y la prescripción

La nulidad, la anulabilidad y la prescripción

A propósito de la RTEAC del pasado 5 de julio dictada en recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio interpuesto por el Director del Departamento de Gestión de la AEAT.

En derecho civil son negocios anulables los que son nulos. Y son nulos por concurrir un vicio en la causa, el objeto o el consentimiento de los contratantes: el contrato solo existe, ex artículo 1261 CC, desde que concurren dichos requisitos. Por ello el artículo 1300 permite la anulación de aquellos que adolezcan de algún vicio que invalide alguno de sus requisitos. En otras palabras: nuestro derecho civil no distingue entre nulidad y anulabilidad.

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Caso Apple, un nuevo poder fiscal paralelo en la Unión Europea

Caso Apple, un nuevo poder fiscal paralelo en la Unión Europea?

A finales del pasado mes de agosto saltó a los medios de comunicación la noticia de que la Comisión Europea obligaría a Apple a devolver al fisco irlandés 13.000 millones de euros, como consecuencia de la declaración como ilegales de las ayudas de Estado supuestamente percibidas por la compañía de Cupertino en forma de tratamiento fiscal ventajoso. Las valoraciones sobre este pronunciamiento, en especial en los medios periodísticos, han consistido en una unánime celebración de un nuevo golpe contra las trampas fiscales de las multinacionales. No obstante, es necesario un análisis más pormenorizado que nos permita diseñar el espectro fino de esta decisión de la Comisión.

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Inspecciones sorpresa

En torno a las inspecciones sorpresa

Sea por la fuerza que tienen los términos acuñados por los medios de comunicación, sea por una constante rumorología (que a veces roza la leyenda urbana) o sea por una súbita moda, se habla mucho últimamente de inspecciones sorpresa, especialmente a profesionales liberales. Se habla mucho de actuaciones inspectoras con presencia de los funcionarios en despachos, estudios, gabinetes y clínicas y con entradas invasivas en los ordenadores donde se lleva la contabilidad.Como siempre, es necesario hacer una valoración ponderada de la situación desde el punto de vista del Derecho, y a ello me dispongo aprovechando la oportunidad que me concede este foro.

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