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El sistema fiscal español es como un Ecce Homo

El eccehommo del sistema fiscal español

De vez en cuando es necesario abandonar el comentario puntual de una sentencia, una norma o una práctica administrativo-tributaria para elevar la perspectiva y hacer un análisis integral, que alguno podría calificar de teórico, de la situación del vigente sistema tributario. Y más allá de la coincidencia temporal de esta entrada con la Semana Santa, hablamos del eccehomo del sistema tributario español. Utilizamos el término en su acepción coloquial, de “persona lacerada, rota, de lastimoso aspecto”, que recoge el Diccionario de la Real Academia de la Lengua, como imagen de lo deteriorado y maltrecho. Tenemos un sistema fiscal malparado por una acumulación de prácticas aberrantes.

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Norma Foral 16/1989, de 5 de julio, del IIVTNU del Territorio Histórico de Gipuzkoa

La capacidad económica otra vez. Tribulaciones sobre el contenido y efectos de una sentencia

En los últimos días una sentencia, en este caso del Tribunal Constitucional, volvió a agitar las aguas del panorama tributario. Y ocurrió lo que suele ocurrir cuando una resolución administrativa o judicial afecta a un número importante de ciudadanos: empezaron a proliferar las interpretaciones, más o menos afortunadas, sobre sus efectos y consecuencias. Son ya muchos los ejemplos recientes de sentencias o cambios de criterio administrativo que siguen este patrón (consecuencias fiscales de las cláusulas suelo, declaración como abusiva de la asunción de gastos, AJD incluido, en préstamos hipotecarios, IVA en el turno de oficio, exención en IRPF de la prestación por maternidad…).

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Football Leaks

El fútbol es así… y Hacienda también

Si hay una expresión repetida por jugadores de fútbol, entrenadores, directivos y demás actores del mundo del balompié es la tan manida de “el fútbol es así”. Al margen de lo vacuo de la locución, lo cierto es que el fútbol tiene también una determinada forma de ser en relación con su tributación. El deporte rey tiene una dimensión fiscal que está adquiriendo notoriedad en los últimos tiempos. En especial, por las revelaciones de Football Leaks sobre las estructuras de planificación fiscal agresiva diseñadas para las estrellas de este deporte, y que generaron un revuelo mediático similar al de otras estrategias de naming and shaming como la de los Panama Papers.

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Caso Apple, un nuevo poder fiscal paralelo en la Unión Europea

Caso Apple, un nuevo poder fiscal paralelo en la Unión Europea?

A finales del pasado mes de agosto saltó a los medios de comunicación la noticia de que la Comisión Europea obligaría a Apple a devolver al fisco irlandés 13.000 millones de euros, como consecuencia de la declaración como ilegales de las ayudas de Estado supuestamente percibidas por la compañía de Cupertino en forma de tratamiento fiscal ventajoso. Las valoraciones sobre este pronunciamiento, en especial en los medios periodísticos, han consistido en una unánime celebración de un nuevo golpe contra las trampas fiscales de las multinacionales. No obstante, es necesario un análisis más pormenorizado que nos permita diseñar el espectro fino de esta decisión de la Comisión.

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Inspecciones sorpresa

En torno a las inspecciones sorpresa

Sea por la fuerza que tienen los términos acuñados por los medios de comunicación, sea por una constante rumorología (que a veces roza la leyenda urbana) o sea por una súbita moda, se habla mucho últimamente de inspecciones sorpresa, especialmente a profesionales liberales. Se habla mucho de actuaciones inspectoras con presencia de los funcionarios en despachos, estudios, gabinetes y clínicas y con entradas invasivas en los ordenadores donde se lleva la contabilidad.Como siempre, es necesario hacer una valoración ponderada de la situación desde el punto de vista del Derecho, y a ello me dispongo aprovechando la oportunidad que me concede este foro.

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problemas fiscales en las farmacias

Farmacia de guardia

Las oficinas de farmacia siempre han planteado problemas de orden jurídico, la mayoría de ellos derivados de su condición de actividad fuertemente intervenida (que, incluso se califica como servicio público impropio). Pero en los últimos tiempos el sector farmacéutico se ha visto afectado también por turbulencias de naturaleza fiscal, derivadas de la sujeción, por la nueva Ley 27/2014, de ciertas sociedades civiles al Impuesto de Sociedades. Expliquémoslo mejor.

Una de las novedades más importantes de la nueva Ley del Impuesto de Sociedades es el gravamen de ciertas sociedades civiles, que, como se sabe, no tributaban por el impuesto sino que se sometían al régimen de atribución de rentas en el IRPF. El nuevo artículo 7,1, a) de la Ley 27/2014 dispone que serán contribuyentes del impuesto, cuando tengan su residencia en territorio español, “las personas jurídicas, excluidas las sociedades civiles que no tengan objeto mercantil”.

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