Error de derecho, IVA y neutralidad fiscal
Consecuencia de determinadas actuaciones de ámbito nacional, la AEAT está cuestionando la aplicación del tipo impositivo de IVA que determinado sector ha venido aplicando hasta hoy con relación a unos productos en particular; en concreto, si se trata de entrega de bienes que, atendiendo a sus circunstancias técnico sanitarias, han de tributar al tipo del 10 % o al del 21 %.
No voy a entrar en el debate técnico porque se trata, esencialmente, de una cuestión de calificación “técnico-sanitaria”, pero sí quiero reflexionar sobre sus consecuencias prácticas, en concreto, sobre si el nuevo tipo impositivo se ha de aplicar a las entregas de bienes realizadas en los periodos impositivos no prescritos o, por el contrario, a partir del momento en que se considera que este último es otro superior.