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¿Para qué existen distintas Salas en el Tribunal Supremo?

Me gustaría comenzar mi primera colaboración a esta gran familia que es Taxlandia agradeciendo la invitación que, por encargo de su sanedrín, me cursó mi gran y admirado amigo César García Novoa. Es para mi un inmenso honor poder compartir columna con un equipo de tributaristas tan prestigiosos.

El terremoto de los últimos días me ha llevado a dedicar estas líneas a comentar la situación creada tras la publicación de la Sentencia de la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 16 de octubre de 2018 (Ponente D. Jesús Cudero Blas) que resuelve el recurso de casación interpuesto por la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid, S.A. contra la Sentencia del TSJ de Madrid de 19 de junio de 201 y la posterior “nota informativa” emitida por el Presidente de la Sala Tercera para paralizar los recursos pendientes sobre la cuestión debatida en la misma y avocar la cuestión al Pleno para decidir si se mantiene o no la nueva doctrina sentada por esta Sentencia.

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