¡Basta ya!
En el estado de derecho y sociedad democrática pocas cosas irritan tanto como contemplar a un poder público orillar una y otra vez a la ley. Este es el caso de las administraciones tributarias autonómicas que, erre que erre, reiteran sucesivas liquidaciones por el ITP con fundamento en comprobaciones de valor sin motivación por genéricas, abstractas, sin particularizar ni visitar los bienes objeto de valoración. Y cuando vuelven a la carga, repitiendo a menudo el defecto originario, incurren en una nueva ilegalidad: no respetar el plazo para efectuar la retroacción de actuaciones.