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Antón Beiras Cal

Economista. Auditor. Abogado Tributarista

Licenciado en Economía y Derecho.

Economista, abogado, auditor y técnico de Hacienda en excedencia, es Delegado en Pontevedra de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) y miembro del Círculo de Empresarios de Galicia.

Colaborador habitual en revistas especializadas de derecho tributario. Autor del libro La Verdad Jurídica, el Pensamiento Zombi y la Tradición Republicana (ISBN mkt0003591281).

Últimos Artículos Publicados

Contabilidad para abogados y jueces

A propósito del cálculo de la tesorería necesaria en los grupos familiares

No es la primera vez que Taxlandia escribe sobre el asunto de la tesorería no exenta en el impuesto sobre el patrimonio (o ISD) de los socios  [1]. En su día Antonio Durán Sindreu afirmó En conclusión, la tesorería, como recurso empresarial que es, está siempre exenta del IP sea cual sea su cuantía.

No le falta razón, pero yo voy a ser mucho más conservador que Antonio. No me propongo impedir a la Administración la aplicación de la prueba ácida para determinar la tesorería necesaria. La prueba ácida es una ratio financiera igual al cociente entre el activo corriente y el pasivo corriente. Si es menor que uno indica la posible suspensión de pagos a corto plazo por insuficiencia de circulante [2]. De tal manera se comparan estrictamente derechos de cobro (tesorería y posiciones financieras a corto plazo) con obligaciones de pago a corto plazo (pasivo corriente).

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En la comprobación de valores, el Tribunal Supremo recuerda la necesidad de la visita (al interior) del inmueble

Sentencias 2874/2025 de 24/06, 3890/2025 y 404972025, ambas del 17/09, 4045/2025 de 22/09, y  la 4006/2025 de 24/09.

El Tribunal Supremo ha dictado un elenco de sentencias desde el final del verano en las que sienta categóricamente que la visita al inmueble objeto de valoración por el perito es inexcusable y no se satisface con la visita exterior y mucho menos con fotografías copiadas de Google Earth o Street View.

Con toda claridad y contundencia exige que esa inspección personal del perito y ocular que incluya el interior del inmueble.

En su Sentencia de 24 de junio afirma que la visita exterior del inmueble por el perito de la Administración incluyendo fotografías sin mayor explicación, no es suficiente para enervar la necesidad de visita interior, debiendo el perito motivar en su informe las razones que, en su caso, puedan justificar su imposibilidad o innecesaridad.

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La agencia patriótica

No hablaré de lo que se investiga como delito. Hablaré de lo que el Juez instructor ha declinado investigar porque no lo considera delito. Ese grave ‘Spin Off’ que se refiere la instrumentalización de la Agencia tributaria para silenciar críticas, para castigar a periodistas que investigaban a Equipo Económico, o como pura venganza, fuego amigo sobre rivales en su propio partido o fuego enemigo en el arco político opuesto, la extrema izquierda. No será delito, pero son conductas gravísimas en una Agencia Tributaria obligada al estricto sigilo sobre sus investigaciones y a la neutralidad en sus planes de inspección, que de ningún modo pueden someterse a sesgos ni órdenes políticas.

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El archivo de la querella contra el Rey emérito: un tiro en el pie al estado de derecho

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha inadmitido mediante Auto de 24 de abril la querella interpuesta por un grupo de juristas, en ejercicio de la acción popular, contra el rey emérito por presuntos delitos contra la Hacienda Pública. El auto, del que ha sido ponente el magistrado Manuel Marchena, acuerda el archivo de las actuaciones, en sintonía ciega con el criterio del Ministerio Fiscal, al considerar que los hechos no constituyen ilícito penal, se encuentran prescritos o fueron objeto de regularización tributaria, cuando no son perseguibles por que la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad, según la muy laxa interpretación del art. 45.3 CE de actuar en el ejercicio de sus funciones.

Según el propio informe de la fiscalía las comunicaciones (dos) que notificó al Rey emérito fueron lo suficientemente vagas como para no tener virtualidad obstativa e impedir la regularización voluntaria. Dicho en Román paladino, Fiscalía y Agencia Tributaria dejaron la puerta abierta a la regularización prevista en el número 4 del artículo 305 del CP:

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Luz sobre la condonación de la deuda

El Gobierno pactó con Esquerra Republicana la condonación de parte de la deuda contraída por Cataluña con el FLA (Fondo de Liquidez Autonómico). Cataluña es una de las comunidades más endeudadas desde la crisis financiera y del ladrillo de 2008-20013. De hecho ese fondo fue creado para que las comunidades pudieran seguir financiando los servicios públicos pese al desplome de la recaudación tributaria. En el mercado financiero bancario no podían financiarse debido a su alta prima de riesgo y el fondo fue creado para suministrarles dinero.

Aprovechando el pacto con Esquerra, el Gobierno ha decidido condonar del saldo dispuesto por cada comunidad en aquella crisis, la parte imputable a las políticas austericidas del gobierno central. El saldo de lo dispuesto en aquella crisis alcanzó los 109.582 millones debido a en parte a las políticas austericidas. En la pandemia, gracias a las políticas keynesianas, el saldo solo ascendió a 29.272 millones. El Gobierno calcula que la diferencia entre lo endeudado en la crisis del ladrillo y lo dispuesto en la pandemia-guerra de Ucrania es imputable a políticas económicas erróneas, es decir, la diferencia entre esas dos cantidades, 80.310 millones.

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Agradecimiento de Taxlandia por el galardón recibido en la VI Edición Premios Blogs Jurídicos de Oro

Gracias a todos los asistentes a este acto. En nombre de Taxlandia es un honor, haber sido incluidos en la distinción de los blogs siete magníficos que nos ha sido otorgada por el Grupo Globoversia. Muchas gracias al Jurado y a la Universidad de Salamanca.

También quiero felicitar a todos los demás premiados y, en especial, a los compañeros de Fiscal Blog por su importante distinción.

Taxlandia nació hace seis años. En este tiempo, según Google analitics, Taxlandia ha alcanzado las 200.000 visitas anuales, de las que un 13% son lecturas en Hispanoamérica; lo que convierte a Taxlandia en el blog fiscal de referencia en lengua hispana.

Es un privilegio recibir esta pequeña distinción en la Universidad de Salamanca, porque en esta Universidad, en especial en la facultad de Teología y Derecho, pues así se llamaba, se crearon categorías universales, cimiento de nuestra civilización y cultura, categorías que nos ilustran aún hoy, 500 años después.

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