Skip to main content

Francisco R. Serantes Peña

Abogado y asesor fiscal

Licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho de Valencia. Máster en Asesoría Fiscal de la Universidad de Valencia y de la Escuela de la Hacienda Pública. Máster en investigación.

Socio Director de Serantes Abogados y Asociados, S.L.

Profesor de Derecho Tributario en la Universidad Católica de Valencia "San Vicente Mártir".

Coautor del libro "Responsables y responsabilidad Tributaria" editado por la editorial CISS en 2009 (2ª Edición en 2016).

Miembro de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), ha desempeñado el cargo de Delegado Territorial de Valencia-Castellón (2013-2017), Vicesecretario de la Comisión Directiva (2018 y 2019), Coordinador del Consejo Asesor Institucional (2020 a 2023), siendo en la actualidad Coordinador del Grupo de Expertos de IRPF.

Miembro de la Asociación Profesional de Asesores Fiscales de la Comunidad Valenciana (APAFCV).

Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia.

Últimos Artículos Publicados

 

 

 

 

 

Francisco R. Serantes Peña

Abogado Tributarista

La falta de empatía de la Administración Tributaria genera desafección

Hace unos meses Laura Campanón reflexionaba sobre algunas de las medidas que se estaban adoptando con motivo del confinamiento general por la COVID 19 señalando que había que hacerlo desde el prisma de la empatía.

Decía con razón, después de citar la definición del diccionario de la R.A.E., que la empatía, es, en definitiva, la capacidad del ser humano de ponerse en la piel de otra persona y de entenderla, titulando la entrada como La falta de empatía agudiza las consecuencias negativas provocadas por la crisis del Covid-19

Siempre he acusado la falta de empatía, por lo general, de la Administración y, en particular, la Administración Tributaria. Pero en estos momentos tan angustiosos para tantos conciudadanos, se hace especialmente necesario un cambio de postura.

Veamos algunos ejemplos cotidianos sin seguir ningún orden o sistema especial.

Seguir leyendo

La mayor parte de las sanciones tributarias podrían ser nulas (II)

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de Julio de 2020 (rec. 1993/2019)

Hace unos meses escribí una entrada titulada “La mayor parte de las sanciones tributarias podrían ser nulas” donde me hacía eco de unos autos del Tribunal Supremo en los que se había admitido varios recursos de casación, autos en los que el Tribunal se preguntaba si se podía iniciar el procedimiento sancionador antes de que se dictara y notificara la liquidación correspondiente.

Recientemente hemos conocido la sentencia del Tribunal Supremo 23 de julio de 2020 (rec. 1993/2019) en la que resuelve la cuestión y confirma que la actuación que venía normalmente realizando la Administración Tributaria es correcta y que por lo tanto se pueden iniciar los procedimientos sancionadores antes de haberse dictado y notificado la liquidación.

El Tribunal Supremo ha “salvado” miles de millones de euros al Estado.

Siempre he sido muy optimista, pero a pesar de todo, sigo pensando que la mayor parte de las sanciones tributarias podrían ser nulas.

Seguir leyendo

El cartero siempre llama dos veces... y en agosto más: El eterno problema de las notificaciones.

Este agosto es totalmente atípico, no sólo por la intranquilidad que generan las noticias sobre los brotes de COVID-19, o por la incertidumbre por la forma en que va a desarrollarse el nuevo curso académico (en todas sus etapas), o por la incertidumbre económica que acecha a tantas empresas y familias, sino porque es el primer agosto que es hábil judicialmente lo que ha obligado a todos los abogados a no poder disfrutar de vacaciones este año. Aunque, decía, es atípico, lo que es típico y volverá a producirse como cada año serán los problemas con las notificaciones.

Desde que tengo uso de razón todos los operadores jurídicos se han quejado de los problemas con las notificaciones. Y en los meses de verano es recurrente el problema con las notificaciones  intentadas durante este periodo que acaban en el listado de edictos del BOE que nadie absolutamente lee.

Aprovecho la ocasión para desempolvar algunas sentencias con la esperanza de que cuando acabe el verano, el lector pueda aprovecharlas  ya que a buen seguro, tarde o temprano le será útil.

Seguir leyendo

La renta en tiempos del cólera II: Los intereses de demora como ganancia de patrimonio.

Abordo la segunda entrega con un sentimiento de desesperación, ya que el gobierno de la nación, decidió no aplazar el plazo de declaración del IRPF, demandado por todas las asociaciones y colegios profesionales relacionados con el Derecho Tributario. Como siempre los asesores, los abogados, los economistas, etc. somos elevados a la categoría de “esenciales” pero también de inagotables. Al mismo tiempo, se produce una desviación de la atención gubernamental de aquellas personas/contribuyentes que no han podido presentar sus declaraciones a tiempo, porque no han podido recabar los datos correspondientes a tiempo y que se tendrán que enfrentar con sanciones o recargos cual espada de Damocles que cercenará definitivamente cualquier atisbo de afección al sistema tributario.

En la primera entrega hice referencia a las costas como ganancia de patrimonio según la Dirección General de Tributos (de Trileros según algunos amigos míos). Casualmente escasamente 6 días más tarde, el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) mediante Resolución de 1 de junio de 2020, en el recurso 00/06582/2019/00/00, zanjó la cuestión al aceptar la tesis propuesta. Mi enhorabuena al TEAC. Parece que algo está cambiando en la Calle Panamá.

En esta segunda, voy a comentar otro caso de ganancia de patrimonio sobre el que tengo ciertas dudas: los intereses de demora o la devolución de los gastos de aval percibidos por el contribuyente tras una resolución administrativa o sentencia favorable.

Seguir leyendo

La renta en tiempos del cólera (I). Las costas como ganancia o pérdida de patrimonio.

"El cólera se le convirtió en una obsesión. No sabía de él mucho más de lo aprendido de rutina en algún curso marginal, y le había parecido inverosímil que sólo treinta años antes hubiera causado en Francia, inclusive en París, más de ciento cuarenta mil muertos {...} De modo que cuando volvió a su tierra sintió desde el mar la pestilencia del mercado, y vio las ratas en los albañales y los niños revolcándose desnudos en los charcos de las calles, no sólo comprendió que la desgracia hubiera ocurrido, sino que tuvo la certeza de que iba a repetirse en cualquier momento".
[ El amor en los tiempos del cólera, Gabriel García Márquez ]

Inmersos todavía en el estado de alarma, más propiamente de excepción, y entrados de lleno en la vorágine que todos los años supone la campaña de renta, voy a comentar el asunto de las ganancias de patrimonio como consecuencia del cobro de las costas o de intereses.

Seguir leyendo

El derecho de la crisis es la crisis del Derecho

Inmersos en el confinamiento por la pandemia mundial del Coronavirus COVID-19, no puedo comenzar de otra manera que recordando a todas las personas afectadas por la epidemia. Las vidas truncadas siempre pronto; la tragedia de haberse marchado sin poder estrechar la mano de un ser querido; las personas que han luchado o están luchando por sus vidas y las que luchan por las vidas de los otros, merecen un reconocimiento que no podrá pagarse aunque estemos aplaudiendo hasta el final de los días.

Económicamente, la magnitud de la tragedia no la podemos siquiera vislumbrar, pero el Fondo Monetario Internacional ha previsto un batacazo en España con una caída del PIB del 8%, la mayor caída desde la  Guerra Civil y una fuerte subida del paro, hasta el 20,8%[1].

Escribiendo estas líneas el presidente del gobierno ha anunciado la prórroga del Estado de Alarma, hasta el próximo día 9 de mayo. Como viene siendo habitual, primero se anuncia en una larga y soporífera “rueda de prensa”, y luego se suceden filtraciones, borradores y correcciones a los borradores que luego no se parecen a la norma que definitivamente se publica en el BOE. Normas que parecen haberse vomitado atropelladamente, puesto que permiten siempre dudas e interpretaciones contradictorias, en muchos casos, en contra de su finalidad habida cuenta lo dicho en la rueda de prensa anterior.

Seguir leyendo