La aplicación obligatoria del régimen de estimación indirecta en caso facturas falsas o falseadas
La semana pasada se celebró en Albacete el XV Congreso Tributario[1], organizado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), al que tuve la suerte de acudir como público y el honor de participar como ponente[2].
Se trata de un Congreso al que acude un buen número de jueces de magistrados y jueces destinados en Juzgados y Salas de lo Contencioso Administrativo y otro tanto de asesores fiscales, todos ellos en constante contacto con la realidad tributaria española, debatiendo sobre los problemas actuales del “sistema” (ejem) tributario.
Un foro en el que las mesas estudian los problemas desde diversos puntos de vista, ya que se suele organizar del modo que un moderador distribuye el tiempo y los temas entre varios ponentes de diversa procedencia, normalmente un juez, un asesor de la “calle” y/o de la Universidad y la AEAT, de modo que los problemas se analizan desde todos los puntos de vista posibles, y ello lo notan y aplauden los congresistas ya que la realidad se observa de forma poliédrica, ayudando a entender y resolver los problemas. Además es un lugar en el que los congresistas son ponentes, ya que tienen reservado un tiempo para introducir otros temas o preguntas con lo que el formato, es simplemente el mejor para el estudio de una cuestión.
Soy un auténtico fan de este tipo de foros, aunque no soy el único, ya que el lleno está todos los años garantizado. Este año se ha saldado con otro éxito, no ha sido una excepción, tanto en participación y asistencia como en el análisis de los problemas.