División horizontal, adjudicaciones y el impuesto sobre actos jurídicos documentados
A colación de la Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª num. 1.286/2023, de 18 de Octubre, rec. 3891/21, Pte.: Sr. Berberoff Ayuda (ECLI:ES:TS:2023:4278)
"Trampantojo"
coloq. Trampa o ilusión
con que se engaña a alguien
haciéndole ver lo que no es.
Introducción.
Y llegó el día en el que nuestro Alto Tribunal resolvió que cuando un proindiviso se extingue (realizándose las oportunas adjudicaciones) vía división horizontal solamente procede liquidar por AJD la propia extinción de condominio, dejando libre de tributación separada a la división en régimen de propiedad horizontal.
Si bien es cierto que ya había amplia doctrina administrativa que polinizaba esa teoría (motivo por el que muchos asesores siempre recomendábamos formalizar la obra nueva, la división horizontal y las adjudicaciones privativas en el mismo acto y en una única escritura pública) no menos cierto es que no existía hasta la fecha un plácet tan concreto como el despachado por el propio Tribunal Supremo bendiciendo dicha doctrina.
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