Tesorería, inversiones financieras, activos afectos, y beneficios fiscales por empresa familiar (3ª parte, y ultima)
En nuestra última colaboración, analizamos cómo la jurisprudencia está interpretando el concepto de “necesidad” con relación a determinados afectos, en particular, la tesorería e inversiones financieras.
Analicemos por último la doctrina del Tribunal Económico Administrativo Central (en adelante, TEAC) con relación a aquellas cuestiones sobre las que ningún Tribunal Superior de Justicia se ha pronunciado, o, que, habiéndolo hecho, son de interés.
Empecemos el repaso con la Resolución 2155-2012, de 12 de marzo de 2015
El debate se centra en la calificación como activo afecto de “dos cuentas corrientes” a nombre una CB.





