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Francisco Adame Martínez

Catedrático de Derecho Financiero y Tributario

Catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Sevilla.

Doctor en Derecho con mención especial de Doctorado Europeo.

Autor de más de 100 publicaciones entre libros, capítulos de libros y artículos en revistas nacionales e internacionales y ponente habitual en jornadas, seminarios y congresos nacionales e Internacionales

Fue secretario de la Comisión del  Ministerio de Hacienda sobre reforma de la financiación de las Comunidades Autónomas y ejerció como magistrado suplente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 2000 a 2001.

Ha realizado estancias como docente o investigador en prestigiosas Universidades y organismos internacionales como la Harvard Law School o el International Bureau of Fiscal Documentation.

Es Vocal del Consejo para la Defensa del Contribuyente, miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla y de la Asociación Española de Asesores Fiscales.

El impuesto sobre los ultrarricos

Desde hace algo más de un año se viene debatiendo intensamente en el ámbito internacional acerca de la posibilidad de aprobar un impuesto mínimo global sobre los ultrarricos, conocidos por las siglas HNWIs (High Net-worth Individuals) y en los que ha puesto su atención la AEAT en sus Planes anuales de control tributario desde 2021.

He considerado oportuno dedicarle una entrada de nuestro querido blog a esta cuestión, aunque de momento en España el tema aún no está siendo tan debatido como en el caso de Francia, donde ha sido sin duda el asunto estrella en la reciente discusión parlamentaria del Proyecto de Ley de Presupuestos en la Asamblea Nacional.

Diversos informes publicados en los últimos años ponen de relieve que los individuos con muy alta capacidad económica o ultrarricos, han aumentado considerablemente en la última década, tanto en términos de riqueza financiera (65% de incremento en los últimos años) como de población total, concentrándose principalmente en América del Norte (31,7 %), Asia-Pacífico (29,6 %) y Europa (21,8 %).

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Beneficios fiscales para la transmisión de empresas familiares e interpretación finalista

Tras el descanso estival he tenido conocimiento de una Sentencia del Tribunal Supremo que me parece de extraordinario interés y que se merece una entrada de nuestro querido blog porque invoca acertadamente la preferencia de la interpretación finalista de la norma frente a la interpretación gramatical o literal realizada por la Administración tributaria para negar la aplicación de la reducción por transmisión de empresas en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Me refiero a la Sentencia  de 14 de julio de 2025 (recurso 2197/2023) (Ponente Excma. Sra. D.ª María de la Esperanza Córdoba Castroverde), en la que se examina si para aplicar dicha reducción a la transmisión de participaciones de una empresa familiar dedicada al arrendamiento de inmuebles (referida a liquidaciones del ISD de 2013) basta con acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 27.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, entonces local y persona empleada y hoy sólo persona empleada con contrato laboral y a jornada completa, o, si además, es preciso que se justifique dicha contratación desde un punto de vista económico.

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Tendencias y retos de la fiscalidad en la Unión Europea

La Comisión Europea acaba de publicar el Informe Anual sobre Fiscalidad 2025 que describe de forma exhaustiva cuáles son las tendencias recientes de los sistemas tributarios de los Estados miembros de la Unión Europea e insiste en el papel central que debe desempeñar la fiscalidad para hacer frente a los actuales retos económicos, sociales y medioambientales. He considerado oportuno dedicar esta entrada de nuestro querido blog a exponer las principales ideas que se recogen en este informe, cuya lectura recomiendo porque ofrece una visión global de la diversidad de los enfoques nacionales en el momento actual así como de algunos de los retos a que se enfrentarán los sistemas tributarios de los Estados miembros en el futuro.

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El futuro de los impuestos sobre las rentas del capital

En su último Informe trimestral sobre la zona euro publicado el pasado 20 de febrero por la Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros de la Comisión Europea se incluye un interesante análisis de las tendencias de la fiscalidad sobre las rentas del capital en los Estados miembros. En el futuro los impuestos sobre el capital están llamados a desempeñar un rol destacado en los sistemas tributarios sobre todo como consecuencia de la incidencia que el envejecimiento de la población va a tener sobre los ingresos tributarios derivados de rentas del trabajo. Dada la relevancia que tienen siempre estos documentos institucionales he considerado oportuno dedicar esta entrada de nuestro querido blog a exponer unas cuantas reflexiones a partir de las principales ideas contenidas en dicho Informe (https://economy-finance.ec.europa.eu/document/download/0fe46ace-45b1-4838-867f-6f2805936cf6_en?filename=ip305_en.pdf#page=37).

En los próximos años se prevé en efecto un importante cambio demográfico y en ese nuevo escenario será necesario analizar las estructuras fiscales de los Estados miembros para buscar bases imponibles alternativas que permitan financiar el incremento de gasto público en términos de PIB, derivado de las mayores necesidades de gasto en asistencia sanitaria, dependencia y pensiones públicas.

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Reformas fiscales en los Estados miembros de la Unión Europea

El Gobierno de España se ha comprometido en el Plan fiscal y estructural de medio plazo 2025-2028 remitido el pasado 15 de octubre a la Comisión Europea a la aprobación de medidas tributarias destinadas a incrementar la eficiencia y suficiencia recaudatoria del sistema tributario, apoyar la transición energética y promover la equidad. Este Plan viene a sustituir a los Programas de Estabilidad y Nacional de Reformas que venían elaborándose desde finales de los años noventa y se ha aprobado en cumplimiento del nuevo marco de gobernanza económico europeo, que será aplicable a las finanzas públicas de los Estados miembros de la Unión Europea a partir de 2025.

En este contexto he considerado oportuno dedicar esta entrada de nuestro querido blog a exponer algunas de las medidas fiscales aprobadas por los Estados miembros de la UE a partir de un interesantísimo Informe que elabora anualmente la Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera (TAXUD) de la Comisión Europea. Se trata del Annual Report on Taxation que contiene multitud de datos y un detallado análisis de las reformas fiscales en los Estados miembros de la Unión Europea y de los retos futuros a que se enfrentan sus sistemas tributarios.

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Adiós al régimen fiscal para residentes no habituales de Portugal

Hace ya más de cuatro años publiqué una entrada en nuestro querido blog sobre el régimen especial de residentes no habituales de Portugal en la que me preguntaba si era o no un modelo a imitar. La entrada ciertamente suscitó mucho interés pues durante este período muchos lectores, a los que agradezco enormemente sus aportaciones, han ido subiendo comentarios y formulando preguntas y respuestas sobre la aplicación de este régimen, que fue introducido por el Decreto-Ley n.º 249/2009, de 23 de septiembre, con la intención de atraer profesionales cualificados mediante la creación de un importante beneficio fiscal para determinados tipos de rentas.

Este régimen fiscal especial suponía básicamente la aplicación de un tipo reducido en el IRPF del 20% para los rendimientos del trabajo dependiente (categoría A) y los rendimientos de actividades empresariales y profesionales (categoría B) durante diez años a los nuevos residentes extranjeros y a los ciudadanos portugueses que hubiesen permanecido fuera del país durante los cinco años anteriores a la solicitud del estatuto de residente no habitual.

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