La tributación del Bitcoin. Una razón más para "refundar" la fiscalidad.
La justicia tributaria debe ser el principal propósito de los cultivadores y de los prácticos del Derecho Tributario. Pero la tributación no es una superestructura, sino que opera sobre una realidad, básicamente económica, que está cambiando de forma vertiginosa. Si hace unas décadas era el imparable proceso de globalización de la economía lo que empujaba a repensar el Derecho Tributario para concebirlo más allá de los límites domésticos hoy es la digitalización y la robotización el tema más tratado.
Así, se habla con insistencia de los profundos cambios que está experimentando la fiscalidad en nuestros días como consecuencia de la economía digital. Cierto es que toda vexata quaestio acaba frivolizándose, y termina por sustentarse en argumentos manidos, escasamente rigurosos. Pero lo cierto es que, en este nuevo contexto digital, destacado por la Acción 1 del Plan BEPS, la justicia tributaria ya no consiste tanto en quién paga y cuánto paga, sino en buscar los instrumentos para hacer pagar a un sector de la economía que, con las armas tradicionales de la tributación, quedaría al margen de las obligaciones de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.