Skip to main content

Rubius no estás solo: El problema de las notificaciones tributarias continúa

Recibir una notificación tributaria es algo que asusta bastante a los contribuyentes. Y no es para menos. Nadie quiere que el cartero llame a su puerta y le presente una carta certificada de la Agencia Tributaria.
Como acertadamente comentaba mi compañero Francisco Serantes en su artículo “El cartero siempre llama dos veces... y en agosto más: El eterno problema de las notificaciones”

En el caso de los procedimientos tributarios, la correcta notificación del acto administrativo resulta de vital importancia a la hora de poder exigir al contribuyente una determinada conducta en relación al mismo. El problema es que en numerosas ocasiones este procedimiento falla por causas no imputables al contribuyente.
Ya lo decía “El Rubius” en su tweet en el que comentaba los motivos por los que se marcha a vivir a Andorra, y que tanto está dando que hablar estos días:
(…) me han puesto sanciones por no atender a requerimientos que nunca llegaron, y un largo etcétera.”

Seguir leyendo

 Iusnaturalismo tomista

El parlamento y los impuestos (II): el descubrimiento de los derechos subjetivos

César García Novoa, en su reciente entrada, "La tributación de los "Youtubers", comenta como por motivos de actualidad cambió el contenido de su turno para hablar de la tributación de los youtubers, alegando la vocación informativa del Blog Taxlandia. Yo también lo veo así. Por eso seguiré hablando de la Edad Media, era a la que nos ha devuelto nuestro mundo globalizado. De la Nueva Edad Media o Neo-Medievalismo los eruditos Bull o Cerny afirman que las fuerzas de la globalización socavan cada vez más los estados-nación calificando la globalización como un "desorden duradero" lo que eventualmente conduce al surgimiento de los nuevos dilemas de seguridad que tenían analogías en la Edad Media de la Europa occidental cristiana: consolidación desigual de nuevos espacios, divisiones, conflictos y desigualdades; lealtades e identidades fragmentadas; amplio atrincheramiento de los derechos de propiedad; y expansión de las "zonas grises" fuera de la ley, así como de la economía sumergida.

Así pues, sigo con mi anterior entrada "El Parlamento y los Impuestos I: aquella Iglesia ruda y primitiva, con poder en el cielo pero también con poder, incluso militar, en la tierra, que gustaba de resolver sus disputas dogmáticas calificando al contrario como cojón izquierdo de Satanás, pronto dio un giro copernicano hacia un movimiento que predicaba la pobreza como virtud. Las órdenes monásticas, contemplativas y mendicantes se recluyeron en monasterios, donde se cultivaba el estudio de la teología y se copiaban manuscritos los textos sagrados.

Seguir leyendo

Youtubers Andorra

La tributación de los "Youtubers". Nuevas profesiones en viejos odres fiscales

En un blog de las características de Taxlandia prima la actualidad. Por ello, cuando nos encontrábamos elaborando una entrada sobre la sentencia del Tribunal Supremo de 21 de mayo de 2020 que declara no sujetos al IRPF los intereses de demora en las devoluciones de ingresos indebidos, surgió la noticia de la emigración fiscal a Andorra de varios conocidos youtubers. Por ello, parece conveniente dedicar esta colaboración a dicho traslado de residencia, propiciado por el aliciente de un impuesto a la renta andorrano con un tipo máximo del 10 %. Y, al mismo tiempo, aprovechar la oportunidad para reflexionar sobre la tributación de los youtubers.

La noticia ha suscitado diversas reacciones, muchas de ellas señalando la falta de ética de estas decisiones de relocalización. Reacciones en la línea de eso que se ha dado en llamar moralización de las obligaciones tributarias y según lo cual no sólo hay que pagar lo que es legal si no lo que es moralmente justo (fair share taxation). Desde esta perspectiva, la planificación fiscal es inaceptable, aunque sea legal, porque es inmoral.

Frente a ello hay que señalar que tales cambios de residencia son reprobables cuando no son reales. O cuando no se ajustan al ordenamiento jurídico que, en el presente caso, no es sólo la ley interna española sino también el Convenio de Doble Imposición entre España y Andorra.

Seguir leyendo

la figura del responsable solidario

La transformación sustantiva de la figura del responsable solidario en el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal

Como es sabido, en la actualidad se está tramitando en el Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que introduce modificaciones significativas en el ordenamiento tributario. Son muchas las novedades que han ocupado las noticias de prensa y el interés de los especialistas en la materia, señaladamente, la introducción del valor de referencia, la prohibición del software de doble uso o la ampliación de la denominada lista de morosos. Pero hay otras reformas más “silenciosas”, que pasan desapercibidas, pero que son de hondo calado.

Esto es lo que sucede con la modificación proyectada en el art. 175 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante, LGT), relativo al procedimiento para exigir la responsabilidad solidaria. En las letras a) y b) de su apartado primero sólo se le añade el adjetivo “original” al período voluntario de pago otorgado al deudor principal. Esto es, se aclara que la responsabilidad solidaria puede exigirse –directamente, si estaba ya declarada con anterioridad o previa declaración, en otro caso- una vez que transcurra el período voluntario de pago “original” de la deuda en cuestión.

En la Exposición de Motivos del Proyecto se expresa cuál es la finalidad perseguida, a saber:

Seguir leyendo

El valor real es el que pactan dos sujetos independientes en el mercado libre

El valor real es el que pactan dos sujetos independientes en un mercado libre y no el de tasación hipotecaria

El Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude, actualmente en tramitación en la Comisión de Hacienda del Congreso de los Diputados y que por cierto introduce modificaciones en dieciséis leyes tributarias, modifica la base imponible de los impuestos patrimoniales estableciendo que en el caso de bienes inmuebles dicha base estará constituida por el llamado valor de referencia previsto en la normativa reguladora del catastro inmobiliario a la fecha de devengo del tributo. Con este valor, que se determinará según la proyectada nueva Disposición final tercera del Texto refundido de la Ley del Catastro por la Dirección General del Catastro “ de forma objetiva y con el límite del valor de mercado, a partir de los datos obrantes en el Catastro”,  se pretende solucionar la elevada litigiosidad generada en las comprobaciones de valores por el “valor real”.

En el momento de redactar esta entrada acaban de publicarse en el Boletín Oficial del Congreso de los Diputados las 248 enmiendas presentadas por los Grupos parlamentarios a este Proyecto de Ley y no me resisto a mencionar algunas de ellas que son ciertamente llamativas o relevantes y que, dependiendo del grupo que las formula, tendrán más o menos porvenir...

Seguir leyendo

La imprescriptibilidad de la responsabilidad civil ex delicto

¿Cuándo prescribe la responsabilidad civil derivada del delito?

Comentarios a la sentencia del TS, Sala de lo Penal, nº 607/2020, de 13 de noviembre

El pasado 16 de diciembre de 2020 me sorprendió un titular en la primera página de un periódico generalista que decía “El Supremo elimina el límite temporal para reclamar las indemnizaciones a los etarras” y en la página 9 se leía el titular “Las víctimas podrán reclamar la indemnización sin límite de tiempo”. Acostumbrados a que los titulares no respondan fielmente a la noticia realmente, busqué la sentencia y así era. El Supremo cambia el criterio y elimina el límite temporal para reclamar las indemnizaciones a los etarras, y al resto de condenados por cualquier tipo de delito.

No me considero experto en nada y menos aún en Derecho Penal. Así que llamé a un par de amigos que solo llevan penal y entonamos al unísono un amargo canto, mezcla de sorpresa y desazón.

La sentencia nº 607 de 13 de noviembre de 2020 de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo nos “regala” un criterio para poner el colofón al año 2020 acorde con el mismo.

Seguir leyendo

Subscríbase al boletín de Taxlandia, blog de opinión fiscal y tributaria

Estoy de acuerdo con Política de privacidad